De acuerdo a trabajos de colección y análisis de información, realizados por personal de la Brigada  Departamental Antidrogas de Salto, se pudo establecer que en barrio Salto Nuevo, en inmediaciones de los puentes Sarandi y Treinta y tres, estarían funcionando bocas de venta  de estupefacientes, principalmente pasta base.-

De acuerdo a informe antes detallado, se procedió a coordinar con el Sr. Fiscal de Primer Turno  de Salto, órdenes de allanamientos en varias moradas de la zona, las que una vez realizadas resultaron varias personas detenidas, entre ellos menores de edad, se ubicó pasta base de cocaína, se incautaron celulares varios y un auto marca Toyota Corolla.

Una vez finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Tumo de Salto se dispuso la condena de:

-S.E.C.U como co-autora responsable de un delito de Rapiña especialmente agravada en reiteración real con un delito continuado de Tráfico de Sustancias estupefaciente prohibidas en la modalidad de Suministro a la pena de 6 (seis) años y 6 (seis) meses de penitenciaria efectiva.-

-M.A.M.G como autor responsable de un delito de Rapiña especialmente agravada en reiteración real con un delito de Hurto a la pena de 5 (cinco) años y 8 (ocho) meses de penitenciaría efectiva, con descuento de la preventiva sufrida.-

-D.P.G como co-autora responsable de un delito de Rapiña especialmente agravada a la pena de 5 (cinco) años y 8 (ocho) meses de penitenciaría efectiva.-

Se dispone la confiscación del automóvil marca Toyota modelo Corolla y se pone a disposición de la Junta Nacional de Drogas.-

-Al adolescente B.A.A.C como autor responsable de una infracción grave a la ley penal tipificada como un delito de Asistencia al Tráfico de Sustancias estupefacientes en reiteración real con una infracción grave a la ley penal tipificada como un delito de Hurto especialmente agravado a cumplir la pena socio-educativa NO privativa de libertad de 9 (nueve) meses consistente en concurrir a Proyecto Magone, con descuento de la detención cumplida.-

– y a la adolescente N.N.A.C como autora responsable de una infracción grave a la ley penal tipificada como un delito de Asistencia al Tráfico de Sustancias estupefacientes a cumplir la pena socio-educativa NO privativa de libertad de 6 (seis) meses consistente en concurrir a Proyecto Magone, con descuento de la detención cumplida.-

-al adolescente M.G.A como autor de la infracción gravísima a la ley penal tipificada como un (1) delito de Rapiña especialmente agravada a cumplir la medida socio-educativa privativa de libertad por el término de 16 (dieciséis) meses, con descuento de las cautelares cumplidas