En la pasada jornada, la Justicia condenó al homicida del joven de 22 años Andrés Duarte, quien perdió la vida al recibir dos disparos de arma de fuego el pasado 28 de marzo, cuando el comercio familiar, Ferretería Ceibal, fue víctima de una rapiña.

El Abogado de la familia, Dr. Diego Rodríguez, manifestó  que se llegó a un acuerdo de proceso abreviado de 12 años de penitenciaría, en el entendido que “era la mejor solución”.
“Analizando la situación con la Fiscalía y con la madre de la víctima, a quien le explicamos los tecnicismos jurídicos”, expresó el facultativo, “concluimos que si la defensa aceptaba un acuerdo de 12 años de penitenciaría de forma efectiva, nos ahorrábamos ir a un juicio oral, donde, la sentencia, al menos en primera instancia, admite apelación, pudiéndose tirar la pena hacia abajo, estando medio endeble la parte de la especialidad del delito, y, partiendo de la base de que el abreviado tiene discutida la redención por estudio y trabajo, no tiene libertad anticipada, por lo cual directamente se cumplirían los 12 años de penitenciaría de forma efectiva”.
“Frente a esa situación, y para ir cerrando un poco los ciclos emocionales que no es tarea fácil para una madre que enterró a un hijo, es que tomamos esa decisión, la cual nos pareció bastante acertada con respecto a los varemos con los que tenemos que manejarnos y que nos transforma en operadores jurídicos, y no en quienes hacen las leyes; los mismos están predeterminados, y frente a esas diferencias entre máximos y mínimos de la punitibidad, es donde tenemos que manejarnos”; concluyó el asesor letrado de la familia Duarte.

De acuerdo a fuentes oficiales, la Justicia falló de la siguiente manera:
“Condénase a C.M.D.P. como autor penalmente responsable de un delito de rapiña especialmente agravada en grado de tentativa en reiteración real con un delito de homicidio agravado, en concurso formal con un delito de porte de arma de fuego con signos de identificación suprimidos a la pena de 12 años de penitenciaría de cumplimiento efectivo con descuento de la preventiva sufrida y de su cargo las accesorias legales de rigor (alojamiento, vestimenta y alimentación)”.

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