Montevideo, Uruguay, 27 de julio de 2021 Sociedad. Operativo Policial por Ola de Frío Polar. Policía. Foto: Gastón Britos / FocoUy

A la hora 20:40 de ayer se solicita la presencia policial en Avenida Ferrocarrilera entre calles Candelaria Areta de Amorin y Guaraní por un intento de rapiña en la vía pública, en el lugar es entrevistado un  mayor de edad quien hizo saber que, momentos antes se dirigía hacia clases de taekwondo, cuando es tomado por detrás por un sujeto quien intentó hurtarle su mochila.

Se traban en lucha y ambos caen al pavimento, un vecino de la zona sale en su ayuda el agresor que se da a la fuga. Se traslado al lesionado a emergencia de Hospital Regional Salto para su atención por un golpe recibido en el rostro posterior su traslado a Seccional Policial para trámites de su deseo.

Por datos aportados por testigos personal de Programa de Alta Dedicación Operativa (P.A.D.O) realizaron recorridas por la zona ubicando al sospechoso; puesto en conocimiento de los hechos a Fiscalía dispuso “detención del mismo, acta por Art. 61 de CPP, coordinar médico forense y acta al damnificado, acta a policías actuantes y testigos, el día de mañana sea conducido a Fiscalía”.

Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Turno de Salto se dispuso en autos caratulados: “Ampliación del plazo para la Investigación Preliminar” librando el presente a los efectos de comunicar que por Sentencia definitiva de primera instancia del día de la fecha, se dispuso lo que a continuación se transcribe: “admítase la acusación, condenándose a F.J.P.L. como autor penalmente responsable de un delito de violencia privada en concurrencia formal con un delito de lesiones personales a la pena de cuatro (4) meses de prisión que se cumplirá en régimen de libertad a prueba debiendo cumplir el condenado las siguientes condiciones del Art. 295 Bis del CPP: A) residencia en lugar determinado, B) sujeción a la OSLA, C) presentación a la Seccional Policial correspondiente a su domicilio una vez a la semana sin permanencia y D) prestación de cuatro jornales de servicios comunitarios durante el término de la condena”.-