El Poder Ejecutivo envió al Parlamento un proyecto de ley para establecer cambios en el funcionamiento de las delegaciones uruguayas.

El presidente Luis Lacalle Pou y sus ministros remitieron al Parlamento un proyecto de ley para modificar el régimen de designación y cese de los delegados uruguayos en las comisiones binacionales, así como el establecimiento de la incompatibilidad de sus tareas con la realización de actividades políticas partidarias, y modificaciones en el contralor presupuestal.

Los delegados en las comisiones “deberán abstenerse de formar parte de comisiones o clubes políticos y ejecutar cualquier otro acto público o privado de carácter político, salvo el voto”. “No se considerará incluida en estas prohibiciones la concurrencia de los mismos a los organismos de los partidos que tengan como cometido específico el estudio de problemas de gobierno, legislación y administración”, dice el articulado.

Los cambios tienen lugar tras la polémica generada por la contratación de 10 ediles en la Comisión Técnico Mixta (CTM) de Salto Grande por parte de la administración liderada por el referente de la Lista 404 en ese departamento, Carlos Albisu.

Este miércoles, y tras la salida de un primer edil, el presidente Luis Lacalle Pou dijo que habrá “más renuncias” en Salto Grande, y también otras en la Junta Departamental.

El proyecto de ley establece en su primer artículo que el régimen de designación y cese de los delegados ante la Comisión Técnico Mixta de Salto Grande, la Comisión Administradora del Río Uruguay, la Comisión Administradora del Río de la Plata y la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo se regirán por el mecanismo constitucional previsto en los artículos 187 y 192 de la Constitución. Así, se refiere a la cúpula de los organismos, que son quienes luego ejecutan las designaciones en otros puestos.

La normativa citada dispone que las designaciones deban ser propuestas por el presidente actuando en Consejo de Ministros, con venia previa del Senado.

En tanto, para el cese, se apela al artículo que consagra: “Los miembros de los Directorios o directores generales cesarán en sus funciones cuando estén designados o electos, conforme a las normas respectivas, quienes hayan de sucederlos”.

El segundo artículo del proyecto de ley “establece la prohibición de que los delegados realicen actividades político partidarias o electorales, salvo el voto”, según explica la exposición de motivos del texto.

En tanto, en sus últimos dos artículos, la iniciativa busca establecer procedimientos para el control financiero y presupuestal de las delegaciones uruguayas.

Por un lado, se establece que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en coordinación con distintos ministerios, “fijarán las pautas y líneas de acción que la delegación uruguaya ante las Comisiones referidas, seguirán en materia presupuestal y de gestión financiera”.

“Los gastos de funcionamiento de las delegaciones ante las Comisiones reguladas en la presente ley se financiarán de conformidad a lo que establezca el Poder Ejecutivo en la reglamentación, debiendo rendir cuenta de los rubros ejecutados”, concluyó el proyecto de ley.