Ayer a la hora 18:30 personal Policial concurre a calle Gral José G. Artigas al 2900, por un hurto en finca, al arribar localizan en el interior de la casa a un sujeto mayor de edad con varios efectos en las manos y otro en el interior de un vehículo estacionado, con una rueda y una frazada, siendo ambos detenidos.

Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno dispuso: condenar a S.N.S.P., como autor responsable de dos delitos de hurto especialmente agravados, uno de ellos en grado de tentativa y en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de violación de domicilio, y un delito de receptación, todo en régimen de reiteración real a la pena de 18 (dieciocho) meses de prisión efectiva; y a J.A.P.R., como autor responsable de un delito de violación de domicilio en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de hurto especialmente agravado en grado de tentativa a la pena de 6 (seis) meses de prisión, que se sustituye por Libertad a Prueba (Ley 19.889) consistiendo sus obligaciones en: a). Residencia en su domicilio denunciado; b). Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA; c). Presentación en la seccional policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin permanencia; d). Prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen. teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en ONG, cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social. Estas medidas serán de 2 (dos) veces por semana y no podrán sobrepasar las 2 horas diarias, por el término de 30 (treinta) días; y e). Ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención.

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