El pasado 28 de noviembre del 2014, una adolescente denunció a su expareja, debido a que este la amenazaba con mostrar un vídeo en el cual mantenían relaciones sexuales, obligándola a continuar con la relación, además de agredirla en algunas ocasiones en forma verbal y física, solicitando la prohibición de acercamiento, relacionamiento y comunicación hacia su persona y domicilio.
El caso fue informado a la Justicia penal donde la Dra. Álvez, Juez Subrogante de 7mo. Turno, dispuso en ese momento que fuera notificado el denunciado, que se lo indague y que volviera a ser enterada.
Además, ordenó que sea enterado el Juez Penal, con el fin de que se realice la conducción del denunciado y que se lo vuelva a enterar al Juez de Familia, además de la prohibición de acercamiento, relacionamiento y comunicación en forma directa o a través de terceras personas por cualquier medio por el plazo de 90 días.
La justicia penal ordenó elevar los antecedentes, incautar el material en juicio, que se tome declaración a las partes y a las personas que vieron el vídeo e indicarle que se abstenga de ese tipo de exhibición.
El tiempo pasó y el pasado viernes, de acuerdo a un oficio del Juzgado Penal de 2do. Turno, fue conducido el denunciado y tras diligenciarse todos los medios probatorios, culminadas las actuaciones, fue dispuesto “el procesamiento con prisión de la persona de iniciales F.T.R.F., imputado en primera instancia y sin perjuicio, de la comisión de un delito de producción de material pornográfico utilizando para ello a una persona menor de edad; además de un delito de divulgación de material pornográfico de las mismas características en reiteración real (art. 54 y 60 del Código Penal y art. 1º y 2º de la Ley 17.815).
Intervino en las actuaciones la Dirección Departamental de Violencia Doméstica.

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