Podrán utilizar la herramienta los “que tengan los años de edad y de trabajo necesarios para jubilarse o estén a dos años o menos de reunirlos”.

El Banco de Previsión Social (BPS) lanzó un nuevo servicio para aportantes, en el que permite estimar la jubilación que recibiría un futuro jubilado a pocos años del retiro, de forma online.

El cálculo aproximado realizado se basa de acuerdo a la información registrada en el organismo y a partir de ahí se proyecta un importe estimado a percibir considerando la situación actual y los años que restan por jubilarse.

Según la web del BPS, “para acceder al servicio Mi Jubilación estimada” el usuario deberá ingresar son su usuario y contraseña del BPS. Están habilitados para utilizar el estimativo aquellos “que tengan los años de edad y de trabajo necesarios para jubilarse o estén a dos años o menos de reunirlos” que pertenezcan al régimen mixto de transición.

Para la estimación, el servicio toma en cuenta la información de períodos y sueldos al amparo del BPS registrados durante la vida laboral, “así como los vínculos con hijos, y proyectando su situación laboral actual hasta la edad en que pueda jubilarse”.

“El resultado que se muestra será el monto de la jubilación de BPS, para la edad en que cumpla los requisitos jubilatorios y tres edades posteriores. Además, quienes ya perciban una renta de AFAP o hayan brindado su consentimiento verán el monto correspondiente. Este consentimiento, que autoriza a BPS a acceder a la información de su cuenta de ahorro individual, se debe realizar en la AFAP a la que se encuentra afiliado”, añade el BPS en su página web. Para acceder al servicio de “jubilación estimada” ingresar a este link.

No obstante, el cálculo no está disponible para algunos casos, como las personas que ya perciban una jubilación por BPS, una pensión incompatible con una jubilación de BPS, un Subsidio transitorio por incapacidad parcial o un Subsidio especial por inactividad compensada.

Además, para la jubilación por incapacidad, cuando la jubilación contemple años trabajados en otras cajas (acumulación) o años trabajados en el exterior (convenios internacionales).

“Los trabajadores que tengan o hayan tenido actividad en la pesca, estiba o de tipo zafral, a la orden o destajista, no podrán acceder a este cálculo debido a la complejidad en la estimación de sus años de trabajo y montos salariales”, se aclara.

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